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¿Cuáles son sus derechos y deberes cómo asociado?

Los invitamos a conocer detalladamente el conjunto de principios que guían los procedimientos de nuestra organización cuando se trate de proteger sus derechos como asociado y sus requeridas responsabilidades.


Los asociados tienen, además de los derechos consagrados en las disposiciones legales y en las normas concordantes de los presentes estatutos, los siguientes derechos


a. Utilizar los servicios de la Cooperativa y realizar con ellas las operaciones propias de su objeto social, en concordancia con los reglamentos vigentes.


b. Participar en las actividades de la Cooperativa y en su gestión y control, desempeñando los cargos sociales y de elección al tenor de lo establecido en los Estatutos y Reglamentos.


c. Ejercer actos de decisión y elección en las asambleas generales, a través del voto.


d. Beneficiarse de los programas educativos, sociales, de solidaridad y ayuda mutua que se reciban.


e. Participar en los resultados económicos de la Cooperativa, mediante la aplicación de excedentes al tenor de los Estatutos y de acuerdo con las decisiones de la Asamblea General.


f. Fiscalizar la gestión económica y social de la Cooperativa por medio de los órganos de control y vigilancia y examinar los libros, balances, archivos y demás documentos, en la oportunidad y con los requisitos que prevén los reglamentos o que establezca la Junta de Vigilancia.


g. Presentar a la Junta de Vigilancia quejas fundamentadas o solicitudes de investigación o comprobación de hechos que puedan configurar infracciones o delitos de los administradores de la Cooperativa.


h. Presentar a los órganos administrativos de la Cooperativa iniciativas o proyectos que tengan por objeto el mejoramiento de la entidad.


i. Ser informado de la gestión de la Cooperativa y de sus presupuestos y programas oportunamente.


j. Retirarse voluntariamente de la Cooperativa en cualquier momento, mientras ésta no esté en proceso de disolución y liquidación actuando de conformidad con los Estatutos y los Reglamentos internos.


k. Criticar en forma responsable y constructiva, seria y respetuosa, cuando hubiere lugar a ello.


l. Los demás que se deriven de la Asociación Cooperativa o de las normas estatutarias.


Los asociados tienen, además de los deberes consagrados en las disposiciones legales y en las normas concordantes con los presentes estatutos, los siguientes:


a. Abstenerse de efectuar actos de incurrencia en omisiones que afecten o puedan afectar la estabilidad económica y financiera o el prestigio social de la Cooperativa.


b. Comportarse siempre con lealtad y espíritu cooperativo, tanto en sus relaciones con la Cooperativa como con los miembros de la misma.


c. Adquirir conocimiento sobre las características del Acuerdo Cooperativo, así como de los estatutos que rigen la entidad.


d. Someterse estrictamente a los estatutos y reglamentos de la Cooperativa.


e. Cumplir fiel y puntualmente los compromisos adquiridos con la Cooperativa.


f. Aceptar y cumplir las determinaciones que las directivas de la Cooperativa adopten conforme a los reglamentos y estatutos

  • La cabalidad de asociado de la Cooperativa implica el disfrute y ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 16 sin limitaciones distintas a las consagradas en este estatuto y siempre que se halle el asociado en la situación de habilidad.

  • Son asociados hábiles los regularmente ingresados e inscritos en el registro social que al momento de convocarse la Asamblea estén al día en el cumplimiento de sus obligaciones con la Cooperativa y no estén afectados por sanciones de suspensión o pérdida de los derechos de elegir y ser elegidos. El Consejo de Administración reglamentará lo relativo a las causales que afecten la habilidad de los asociados.

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